La pérdida de un ser querido supone un golpe tan duro que cualquier persona suele necesitar varios días para recuperarse, lo que quizás no sabías es que estos días son un derecho de todos los trabajadores.
La solicitud de los días de permiso por fallecimiento es uno de los tramites tras fallecimiento más sencillos, aun así, puede que necesites más información al respecto. ¿Quieres saber más acerca de los días correspondientes por derecho tras el fallecimiento de un familiar? Desde Funeraria La Milagrosa, te contamos todo lo que necesitas saber en este post.
Días de permiso por el fallecimiento de un familiar
Según el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37.3, al producirse la muerte de un familiar, todos y cada uno de los trabajadores tienen derecho a cierto número de días de permiso. La cantidad de días correspondientes dependerá de los siguientes aspectos:
El grado de consanguinidad
En el caso de que el solicitante sea cónyuge, pareja de hecho o pariente de hasta segundo grado de consanguinidad, será beneficiario de este derecho y le corresponderán dos días de permiso por el fallecimiento de un familiar.
El segundo grado de consanguinidad hace referencia a abuelos, incluidos los del cónyuge del solicitante, hermanos, cuñados o nietos.
Desplazamiento a causa del fallecimiento
Si se produce el hecho de que sea necesario un desplazamiento por el propio fallecimiento, ya sea para el velatorio, entierro o similares, los días de permiso aumentan a cuatro para los mismos familiares.
Esto es lo que se encuentra recogido en el estatuto de los trabajadores, pero dentro de las empresas pueden existir convenios que mejoren esas condiciones reguladas, aumentando el número de días de permiso por el fallecimiento de un familiar.
Únicamente se podrán solicitar días de permiso por fallecimiento de un familiar si dicha defunción se atribuye a alguno de los familiares arriba nombrados.
¿En qué momento empiezan a contar los días de permiso por fallecimiento de un familiar?
Las leyes que recogen los días de permiso por fallecimiento de un familiar han ido cambiando durante los últimos años, mejorando así las condiciones de los trabajadores.
Días de permiso por fallecimiento hasta 2020
Hasta el año 2020, los días de permiso por fallecimiento de un familiar empezaban a contar el mismo día en el que se produjese la defunción, sin importar si era laboral o festivo. Eso significaba que si la defunción se producía en sábado, el trabajador contaba como permiso con el mismo día y el siguiente, no disfrutando así de ningún día de permiso real.
Días de permiso por fallecimiento desde 2020
En el año 2020, esta regulación cambió, estipulando así que los días de permiso por el fallecimiento de un familiar empezasen a contar el primer día laboral posterior al día de la defunción, independientemente de que esta ocurriese en periodo laboral o festivo.
Por el contrario, este procedimiento no se aplica a los días festivos que interrumpan una semana laboral regular. Es decir, si los días de permiso por fallecimiento de un trabajador comienzan el lunes y el martes es un día festivo, el trabajador tendrá que regresar a su puesto de trabajo el miércoles, tratando al martes como día de permiso.
¿Cómo solicitar el permiso?
Si se quiere ejercer el derecho a días de permiso por el fallecimiento de un familiar, se deberá notificar a la dirección de la empresa por escrito lo antes posible. Al dejarlo por escrito, queda constancia de la solicitud del permiso y se puede justificar la falta. Por otro lado, se debe notificar cuanto antes, ya que en el momento en el que el familiar fallece, empiezan a contar los días de permiso.
No será necesario ningún trámite más, a no ser que la empresa solicite el certificado de defunción o incluso el libro de familia, acto para el cual tienen derecho.
Aspectos a tener en cuenta a la hora de solicitar días de permiso por fallecimiento de un familiar
- La empresa no puede denegar los días de permiso por fallecimiento de un familiar bajo ningún concepto.
- No se pueden solicitar días de permiso por el fallecimiento de un familiar de tu pareja de hecho o similares. Únicamente se podrá solicitar si es familiar del cónyuge.
- Desde el año 2015 puede solicitar permiso por fallecimiento de padrastro, madrastra o hijastro/-a.
Esperamos que te haya sido útil este artículo para saber más acerca de los días de permiso por fallecimiento de un familiar. Además, si necesitas ayuda o asesoramiento con los trámites legales tras una defunción, puedes consultar nuestro servicio de gestoría funeraria.