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Pensión de orfandad: Requisitos, métodos de solicitud y cuantía

¿Conoces cuáles son los requisitos de la pensión de orfandad, quién tiene derecho a ella y cómo solicitarla? En Funeraria La Milagrosa te lo contamos todo acerca de esta prestación de la Seguridad Social a los descendientes de un fallecido, que en muchos casos es uno de los trámites tras un fallecimiento más importantes.

¿Qué es la pensión de orfandad?

La pensión de orfandad en España es una prestación o ayuda de carácter económico que ofrece la Seguridad Social a los descendientes directos de las personas fallecidas como método de ayuda por la pérdida.

En algunas ocasiones, como explicaremos más adelante, los beneficiarios pueden ser también los hijos aportados por el cónyuge del fallecido, siempre que se cumplan una serie de requisitos impuestos por la Seguridad Social.

Son numerosos los requisitos de la pensión de orfandad que hacen posible la percepción de esta ayuda, sobre todo en cuestiones de los rangos de cotización de la persona fallecida o causante y de las edades de los beneficiarios.

ayuda por orfandad

¿Quién tiene derecho a la pensión de orfandad?

La Ley General de la Seguridad Social, en su artículo 224, recoge el derecho a cobrar pensión de orfandad a todos aquellos descendientes de una persona que se encontrase en situación de alta en la Seguridad Social en el momento de su fallecimiento bajo el cumplimiento de una serie de requisitos.

Pero, ¿quién tiene derecho a percibir la pensión de orfandad? En este caso serán los hijos e hijas directos e la persona fallecida. Estos lo harán de manera directa, bajo el cumplimiento de una serie de requisitos de la pensión de orfandad por la Seguridad Social.

En ocasiones, los hijos del cónyuge sobreviviente que fueron aportados al matrimonio también tendrán derecho a percibir la cuantía de la pensión de orfandad, siempre y cuando hubiesen estado conviviendo amparados por su economía y el matrimonio hubiese sido celebrado dos años antes de la fecha de fallecimiento del causante.

¿Tienes derecho a la pensión de orfandad? En Funeraria La Milagrosa te ayudamos a gestionarla

Requisitos para acceder a la pensión de orfandad

A continuación, explicaremos los requisitos de la pensión de orfandad tanto por los descendientes que optan a ella como por parte del causante. El incumplimiento de estos requisitos conllevará que no se expida la ayuda para los posibles beneficiarios.

Requisitos de la persona fallecida

El fallecimiento de un progenitor ni mucho menos da acceso directo a sus descendientes a recibir pensión de orfandad, ya que antes de ello deberán ser comprobados una serie de requisitos y cumplimientos para que la ayuda pueda hacerse efectiva.

Situación de alta en la Seguridad Social

Para los fallecimientos posteriores al 2008, no es necesario acreditar un tiempo de cotización mínimo en la Seguridad Social, aspecto que sí es necesario en los fallecimientos anteriores al 1 de enero de ese mismo año.

En este caso, se exigirán 15 años cotizados o 500 días dentro de los últimos 5 años anteriores al fallecimiento para poder dejar derecho a la pensión de orfandad.

Si el fallecido no estaba dado de alta

En caso de que el finado no estuviese dado de alta en el momento del fallecimiento, se deberán acreditar 15 años de cotización para que sus descendientes puedan optar a la cuantía de la ayuda.

Jubilación

Si el fallecido se encuentra en situación de pensionista del sistema de pensiones español, no será necesario ninguna acreditación ya que el derecho de los hijos será directo.

Requisitos de los hijos

Evidentemente, no todos los descendientes de una persona fallecida cumplen con los requisitos de la pensión de orfandad para poder tener acceso a esta ayuda. En cada caso será diferente, por lo que a continuación os explicamos los requisitos generales que deben cumplir los hijos e hijas de una persona para poder tener derecho a cobrar esta ayuda estatal:

  • En primer lugar, los hijos deben ser menores de 21 años. Si no es el caso, automáticamente se desestima el derecho a percibir la pensión de orfandad salvo en casos específicos.
  • Si los hijos tienen menos de 25 años y no realizan trabajos lucrativos por cuenta propia o ajena, tendrán derecho a la pensión de orfandad.
  • En caso de que los hijos menores de 25 estén dados de alta en la Seguridad Social, podrán optar a cobrar esta prestación si el salario percibido no supera el Salario Mínimo Interprofesional español.
  • Si los hijos son menores de 25 años y cuentan con orfandad absoluta o una discapacidad del 33% o superior, podrán percibir la pensión de orfandad en su totalidad en caso de que no estén dados de alta en la Seguridad Social o no perciban una cuantía superior al Salario Mínimo Interprofesional español.
pensión de orfandad cuantía

¿Cuánto es la paga de orfandad?

Para poder calcular cuánto se cobra por orfandad será necesario, en primer lugar, calcular y conocer la base de cotización de la persona difunta en el momento en el que se produjese la muerte.

Una vez conocido ese dato, la cuantía supone un 20% del total de la base reguladora de cotización de la persona. Aunque no existen pensiones máximas de orfandad, sí que existen pensiones mínimas a percibir:

  • En términos generales: 217,12€ al mes.
  • Beneficiarios menores de 18 años con discapacidad mayor al 65%: 427,14€ al mes.
  • En casos de orfandad absoluta: 755,3€ al mes.

¿Cómo hacer la solicitud de la pensión de orfandad?

Realizar la solicitud de la pensión de orfandad a la Seguridad Social para que se haga efectiva la prestación es sencillo y en Funeraria La Milagrosa te enseñamos cómo solicitarla:

  • En primer lugar, accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en el apartado de Solicitud de pensiones de viudedad, orfandad y en favor de familiares.
  • Una vez dentro, deberás adjuntar toda la documentación necesaria y obligatoria, así como los certificados de defunción y de Seguridad Social del fallecido.
  • Este procedimiento también puede realizarse de manera presencial en una de las múltiples oficinas de la Seguridad Social de tu localidad tras la solicitud de cita previa.
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