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Pensión de viudedad 2024: Requisitos, cuánto se cobra y quién puede solicitarla

Para poder acceder al cobro de la pensión de viudedad por parte del Estado, será necesario cumplir una serie de requisitos, tanto por parte del fallecido como por parte de la persona que vaya a recibir esta prestación.

En este artículo, se explican los requisitos que deben cumplir las dos partes implicadas para que pueda tener lugar la percepción de esta ayuda. Las dos partes implicadas hacen referencia al causante, que es el fallecido, y el beneficiario, que será su cónyuge o pareja de hecho.

La gestión de la pensión de viudedad es uno de los trámites legales posteriores al fallecimiento que llevamos a cabo en Funeraria La Milagrosa, desde nuestro servicio de gestoría funeraria. Ponte en contacto con nosotros si necesitas ayuda o asesoramiento.

Nociones básicas sobre la pensión de viudedad

La pensión de viudedad es una ayuda que percibe un ciudadano o ciudadana para cubrir sus necesidades económicas en caso de que su pareja o pareja de hecho haya fallecido.

A priori, cualquier persona que haya estado casada o en régimen de pareja de hecho, cuya pareja haya fallecido, es válida para solicitar la pensión de viudedad a la Seguridad Social española.

También será fundamental conocer que hay una serie de condiciones y limitaciones que designan quiénes de esos ciudadanos están capacitados para percibir esta ayuda y quiénes no.

El reglamento que fundamenta las circunstancias y condiciones para poder percibir la prestación por viudedad se recoge en los artículos 2019 y 221 en la Ley General de la Seguridad Social.

señora pensando en la pensión de viudedad requisitos

¿Quién tiene derecho a la pensión de viudedad?

Para continuar este artículo en el que explicamos las obligaciones que deben cumplir las dos partes implicadas en la pensión de viudedad, detallaremos qué personas tienen derecho a la pensión de viudedad, haciendo referencia únicamente a los fallecidos, quienes, en el momento del fallecimiento, deberán cumplir o haber cumplido alguno de las condiciones que expondremos a continuación.

Características de los causantes de la pensión de viudedad

Lo primero que se deberá tener en cuenta para que una persona fallecida pueda ser causante de una pensión de viudedad para su pareja o pareja de hecho es el período de cotización:

Si el causante estaba afiliado a la Seguridad Social y en alta o situación asimilada de alta y el fallecimiento se hubiese producido por enfermedad común, el ciudadano deberá haber cotizado 500 días en el período ininterrumpido de sus últimos 5 años de vida.

Así, se comprueba que el causante en cuestión contaba con un empleo al uso y con un sueldo mensual por su rendimiento.

En segundo lugar, si el fallecimiento se produjese por accidente, ya sea en el entorno laboral del fallecido o no, este período mínimo de cotización en los últimos 5 años desaparece, haciendo que no se exija este período de cotización.

La última de las situaciones que pueden darse ante el fallecimiento de una persona causante es que no se encontrase en situación de alta laboral en la Seguridad Social, como ocurre con las personas mayores. En este caso, en vez de hacer referencia a un período de cotización mínimo en los años previos al fallecimiento, se computan los años trabajados a lo largo de su vida.

Serán causantes de la pensión de viudedad aquellas personas que hayan cotizado un mínimo de 15 años a lo largo de toda su vida lo que, por norma general, es un período de tiempo pequeño.

Otros posibles causantes de la pensión de viudedad

Aparte de estos ciudadanos, quienes serían causantes implícitos de la pensión de viudedad, existen otro tipo de circunstancias personales que darían derecho a pensión de viudedad a su cónyuge o pareja de hecho:

  • Aquellos ciudadanos que perciban algún tipo de subsidio de incapacidad temporal o algún riesgo de maternidad o paternidad si cumplen con el período de cotización.
  • Pensionistas, tanto de jubilación como de incapacidad permanente.
  • Trabajadores que hayan fallecido sin haber solicitado la pensión de jubilación aún teniendo derecho a ella.
  • Trabajadores desaparecidos por accidente y de los que no se haya recibido noticias durante los 90 días posteriores a este.

Requisitos de la pensión de viudedad

A continuación, explicaremos los requisitos para poder cobrar la pensión de viudedad por parte del cónyuge y por parte de la pareja de hecho en la Seguridad Social.

Requisitos del cónyuge para percibir la pensión de viudedad

En el caso de matrimonios formalizados en los que una de las dos partes muera, será el cónyuge quien tenga derecho a la pensión de viudedad por parte del fallecido.

Existe un caso específico en el que el fallecimiento derive de una enfermedad proveniente de antes de la formalización del matrimonio. En este caso, el ciudadano sobreviviente deberá acreditar una de estas dos condiciones en la Seguridad Social:

  • La existencia de hijos en común.
  • Que el matrimonio se celebrase, al menos, un año antes del fallecimiento del otro cónyuge.

Otro de los casos en los que un cónyuge tiene derecho a cobrar la pensión de viudedad es en régimen de divorcio o separación judicial. En este caso, el cónyuge sobreviviente únicamente recibirá la pensión de viudedad si fuesen acreedores de alguna cuantía de pensión compensatoria por parte de la persona fallecida.

Requisitos en parejas de hecho

En el caso de las parejas de hecho, la persona sobreviviente de la relación formal tendrá derecho a recibir la pensión de viudedad si puede acreditar alguno de los siguientes requisitos:

  • Que el ciudadano ha fallecido posteriormente al 1 de enero del año 2008.
  • Que ambos mantenían una convivencia formal y estable desde hace más de 5 años de manera ininterrumpida.
  • Que la pareja de hecho estuviese inscrita en un registro autonómico o pueda acreditarla con algún documento oficial.
  • Que, durante el período de duración de la pareja de hecho, ninguno de los dos miembros estuviese inhabilitado para la contracción de matrimonio.
pilas de monedas para calcular cuanto es la pension de viudedad

¿Cuánto se cobra por viudedad en 2024?

Una vez explicados los requisitos para cobrar pensión de viudedad y cómo un ciudadano puede ser beneficiario de esta, detallaremos la cuantía de la pensión de viudedad para que conozcáis, de manera aproximada cuánto cobra un viudo o una viuda en España.

En la actualidad, la cuantía que queda de pensión de viudedad en España son 895€ al mes de media, una cantidad mucho menor a la pensión media de jubilación, que ronda los 1490,5€ y fluctúa más dependiendo de los años cotizados. Pero ¿a cuánto asciende la pensión de viudedad en este 2024?

Persona beneficiariaCuantía mínima al mesCuantía mínima al año
Persona con cargas familiares834,90 €11.668,60 €
Persona con discapacidad de mínimo un 65%721,70 €10.103,80 €
Persona de menos de 60 años546,80 €7.655,20 €
Persona de entre 60 y 64 años675,20 €9.452,80 €
Persona de 65 años o más721,70 €10.103,80 €

Pensión mínima de viudedad en 2024

La pensión mínima de viudedad actualmente en España para el año 2024 data de 546,80€, es decir, en ningún caso ni situación una persona podrá cobrar una cuantía menor a esa en concepto de pensión de viudedad por parte de la Seguridad Social.

Pensión máxima de viudedad en 2024

En cuanto a la cantidad máxima que se podrá cobrar en España en cuestiones de pensión de viudedad en el año 2024, esta cuantía aumenta hasta los 2.707,49€ mensuales, por lo que ninguna persona con derecho y cumpliendo los requisitos para la pensión de viudedad podrá percibir más de esa cuantía, independientemente de los años cotizados o los años de afiliación a la Seguridad Social.

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